22 abril, 2025
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Archivan la causa por presunta estafa en la venta de vinos de Valdepeñas debido a un ‘descontrol supervisor’

El juez de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, ha decidido archivar la causa que investigaba a las bodegas Félix Solís y García Carrión, ambas de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Valdepeñas, por la supuesta comercialización de vinos etiquetados como crianza, reserva o gran reserva que no cumplirían con los requisitos legales de envejecimiento y permanencia en barrica de roble o botella.

En un auto que se ha hecho público a través de Europa Press, el magistrado del Juzgado Central de Instrucción Número 4 ha destacado que el «descontrol administrativo y supervisor por parte de todos los operadores del sector», incluidos productores, entidades de certificación y la propia Administración Pública, ha dificultado establecer con certeza si realmente se han comercializado vinos de calidad inferior a la indicada en las etiquetas. Calama ha señalado que la relajación en la cadena de producción y supervisión ha dado lugar a un sistema de control que es más aparente que real.

El juez ha argumentado que, basándose en el informe del Ministerio Fiscal, no se pueden sustentar acusaciones serias que se basen únicamente en suposiciones, por firmes que estas parezcan. A pesar de archivar el caso, ha decidido notificar los hechos a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para que tome las medidas administrativas que considere adecuadas.

La causa se inició en abril de 2021 tras una denuncia de la Fiscalía por delitos de publicidad engañosa, estafa y falsedad documental contra las mencionadas bodegas y sus administradores, así como contra otras dos bodegas, Fernando Navarro y Fernando Castro, quienes, según se decretó en octubre de 2023, también vieron su caso sobreseído provisionalmente.

En el caso de Félix Solís, se había indicado que la bodega había comercializado vinos tintos de la Denominación de Origen Valdepeñas con menciones de crianza, reserva y gran reserva en cantidades que superaban las declaradas al Consejo Regulador durante los años 2017, 2018 y 2019. Por otra parte, se habían presentado indicios de que García Carrión también habría comercializado vinos sin cumplir con los requisitos necesarios.

A pesar de la exhaustiva investigación, el magistrado ha concluido que no se han presentado pruebas suficientes que demuestren que las supuestas irregularidades constituyan delitos de publicidad engañosa y estafa. En lo que respecta a la publicidad engañosa, se ha encontrado que faltaba uno de los elementos esenciales del tipo penal, dado que no se ha demostrado que las acciones de los investigados causaran un perjuicio grave y evidente a los consumidores. En cuanto al delito de estafa, las diligencias realizadas no han revelado un engaño suficientemente sólido que justifique proceder contra los acusados.

vía: Diario de Castilla-La Mancha

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