El precio del bitcoin ha alcanzado recientemente un nuevo máximo histórico, superando la barrera de los 103.000 dólares, lo que representa un impresionante aumento de cerca del 150 % en lo que va de año. Este notable rally también ha impulsado a otras criptomonedas, que han experimentado incrementos de más del 300 %, generando significativas ganancias para los inversores. Sin embargo, la alegría por las plusvalías obtenidas no está exenta de preocupaciones, ya que la Agencia Tributaria ha intensificado su control fiscal sobre estos criptoactivos. Con el cierre del ejercicio fiscal próximo, expertos advierten sobre la necesidad de una planificación fiscal cuidadosa para evitar multas y optimizar la carga tributaria.
En un contexto donde la legislación en materia de fiscalidad de criptomonedas ha cobrado mayor claridad, se hace indispensable que los inversores comprendan sus obligaciones. Los modelos informativos 172 y 173 son fundamentales, ya que obligan a reportar operaciones y a proporcionar información sobre saldos, transacciones y distintos tipos de criptoactivos. Además, a partir de enero de 2025, el modelo 721 requerirá la declaración de criptomonedas en el extranjero si su valor supera los 50.000 euros al cierre del año. Esta información también debe ser reflejada en el modelo 714 de patrimonio, y para aquellos con grandes fortunas, en el modelo 718.
Todas las ganancias derivadas de transacciones, intercambios, staking o airdrops deben integrarse en la declaración de la renta. Las ganancias patrimoniales se suman a la base imponible del ahorro, tributando entre un 19 % y un 28 % dependiendo del volumen generado. Desde 2025, esta escala se modificará, incrementándose al 30 % para aquellas ganancias que superen los 300.000 euros, lo que motiva a los inversores a considerar estrategias de anticipación antes del final del año.
Se sugiere a los inversores que evalúen la posibilidad de vender sus criptoactivos antes del 31 de diciembre de 2024, para así tributar bajo la escala actual de impuestos y evitar el aumento de la carga tributaria de 2025. No obstante, también se brinda la opción de diferir la venta, con la desventaja de enfrentarse a una mayor tributación.
Una metodología comúnmente utilizada para mitigar el impacto fiscal consiste en compensar las ganancias con las pérdidas. Los inversores pueden utilizar pérdidas de años anteriores y las registradas en 2024 para reducir las ganancias actuales. Ante pérdidas latentes, se recomienda vender antes de finalizar el año para poder compensar las ganancias futuras, aplicando las pérdidas al 100 % de las ganancias patrimoniales o al 25 % de los rendimientos del capital mobiliario.
El cálculo de las plusvalías se debe realizar siguiendo el criterio FIFO (First In, First Out), que estipula que las primeras criptomonedas adquiridas son las primeras a ser vendidas. Este aspecto puede influir significativamente en la base imponible, especialmente relevante en carteras de inversión con un historial extensivo.
Además, es crucial mantener una adecuada documentación de todas las operaciones a lo largo del año, incluyendo extractos de cuentas y evidencia de transacciones. Esta documentación es vital para garantizar el cumplimiento fiscal y actuar como apoyo en caso de inspecciones por parte de la Agencia Tributaria.
A medida que se acerca 2025, el endurecimiento de la regulación respecto a los criptoactivos y el aumento de tipos fiscales subrayan la importancia de una planificación estratégica. Con la integración de los exchanges en el sistema de reportes fiscales, los inversores deben estar conscientes de que la Agencia Tributaria puede acceder a la mayor parte de sus datos financieros relacionados con criptomonedas.
En un escenario donde las ganancias pueden ser extraordinarias, una gestión fiscal adecuada no solo permite evitar sanciones, sino que también maximiza los beneficios netos. En este contexto de explosivo crecimiento de bitcoin y demás criptomonedas, cumplir con las obligaciones tributarias es fundamental para cerrar el ejercicio sin contratiempos.