La Audiencia Provincial de Guadalajara ha dictado sentencia contra el exalcalde de Fontanar, V.S.V.M., imponiéndole cinco años de prisión por malversación de caudales públicos y falsedad en documento oficial, ambos delitos en su modalidad continuada. Además, se le ha condenado a pagar una multa de 3.600 euros y a estar inhabilitado durante cinco años para ocupar cualquier cargo público, tal como ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
La sentencia también obliga a V.S.V.M. a indemnizar al Ayuntamiento de Fontanar con un montante total de 5.413,25 euros. Durante su gestión entre 2017 y 2018, el exalcalde se apropió de cerca de 5.500 euros pertenecientes al patrimonio público, que incluía donaciones vecinales para las fiestas patronales y recaudaciones de actividades como comidas populares y del polideportivo.
El fallo detalla que V.S.V.M. manipuló pagos relacionados con facturas de un campamento de verano, solicitando reintegros originados de las cuentas del ayuntamiento bajo el pretexto de haber adelantado los pagos, alterando así la gestión de recaudación y control de los ingresos municipales.
Asimismo, el tribunal ha determinado que el exalcalde cometió falsedad documental al simular la realización de un curso de herrería, con la intención de obtener subvenciones gubernamentales que nunca se materializaron.
En paralelo, también ha sido condenado un docente y director de cursos de formación, A.V.R., quien ha recibido una pena de dos años y seis meses de prisión por falsedad documental y como cooperador necesario de la malversación. A.V.R. emitió una factura por un curso que no se llevó a cabo, buscando un cobro indebido de ayudas públicas dirigidas al ayuntamiento.
La Audiencia ha absuelto a V.S.V.M. de los cargos de administración desleal, al considerar que su conducta se encuadraba dentro de la malversación de caudales públicos. Otros implicados en el caso, incluido M.C.J., nombrado Jefe de Protección Civil de Fontanar, así como su madre y A.M.C.C., Secretaria-Interventora durante ese periodo, también han sido absolvidos.
Finalmente, se señala que esta sentencia no es definitiva y podrá ser apelada ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
vía: Diario de Castilla-La Mancha