El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de un hombre diagnosticado con un trastorno de personalidad límite, quien había sido acusado de intentar asesinar a un médico después de que su madre alertara a los servicios de emergencia por una agresión a su padre. La decisión del tribunal se basa en el estado de «intoxicación plena» por alcohol y drogas en el que se encontraba el acusado al momento de los hechos.
Según la sentencia consultada por Europa Press, el alto tribunal determinó que dado que la evaluación inicial ya había comprobado el estado de intoxicación del imputado, la absolución no podía ser modificada. Sin embargo, dos de los cinco magistrados, el presidente en funciones de la Sala de lo Penal, Andrés Martínez Arrieta, y el magistrado Vicente Magro, discrepaban con la resolución, emitiendo un voto particular en desacuerdo.
Los incidentes ocurrieron en la madrugada de junio de 2018, cuando después de consumir alcohol y drogas, el acusado agredió a su padre de manera agresiva. Ante esta situación, su madre llamó a emergencias, y cuando el médico y una enfermera llegaron al domicilio, el acusado, armado con un palo, arremetió contra el médico, golpeándolo varias veces en la cabeza con la intención de matar.
El médico sufrió un traumatismo craneoencefálico severo que lo llevó a un largo proceso de recuperación, durante el cual tuvo que someterse a rehabilitación durante más de un año. Esta agresión dejó múltiples secuelas, afectando gravemente su autonomía personal y laboral, lo que resultó en el reconocimiento de incapacidad permanente.
La Audiencia Provincial de Toledo determinó la absolución del acusado por el intento de asesinato, aplicando la eximente de responsabilidad criminal debido a su estado de intoxicación. Se le impuso una pena de internamiento en un centro de deshabituación y se le ordenó indemnizar al médico y a otros afectados. Sin embargo, el Colegio de Médicos de Toledo, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Fiscalía apelaron la sentencia, argumentando que se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva y que la eximente no debió ser aplicada.
El Tribunal Supremo rechazó estos argumentos, afirmando que el acusado no tenía conciencia de que su víctima era un funcionario, lo que impedía su condena por atentado. Los informes médicos corroboraron que su estado de intoxicación era tan grave que afectaba su capacidad para discernir entre el bien y el mal.
A pesar de las discrepancias expresadas en el voto particular, el alto tribunal reafirmó su decisión, manteniendo la orden de internamiento y las indemnizaciones establecidas en instancias anteriores.
vía: Diario de Castilla-La Mancha