El Tribunal Supremo rechaza aplicar la ley de amnistía a los líderes independentistas catalanes fugados, como Carles Puigdemont, y a los condenados por el referéndum ilegal del 1 de octubre, como Oriol Junqueras. El juez instructor, Pablo Llarena, argumenta que hubo enriquecimiento personal y desvío de fondos públicos para beneficios personales.
En la resolución, se destaca que los encausados utilizaron fondos públicos para sus propios objetivos, aprovechando sus cargos en la Generalitat. Según el juez Llarena, los actos de disposición del patrimonio de la Administración estuvieron vinculados a beneficios personales, lo que constituye un claro enriquecimiento personal.
Además, se menciona que los gastos del procés podrían haber afectado a fondos europeos, lo que tendría implicaciones en la configuración de España y en la Unión Europea. El juez Llarena respalda la afirmación de la Fiscalía sobre la relevancia del origen final de los fondos comprometidos en el proceso independentista.
La decisión del Tribunal Supremo, tomada con cinco votos a favor y uno en contra, rechaza la amnistía argumentando que los hechos atribuidos a los encausados formaron parte de un plan destinado a quebrantar el orden constitucional del país. La magistrada Ana Ferrer emitió un voto particular solicitando elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.