12 mayo, 2025
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Fotocopiar el DNI: Conozca los límites legales para los establecimientos

La solicitud de una fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) es una práctica común en diversos trámites, pero ¿es legal en todos los casos? Esta cuestión adquiere especial relevancia en el contexto de los establecimientos hoteleros, donde es habitual solicitar el DNI de los huéspedes. Examinemos la legalidad de esta práctica y las implicaciones para la protección de datos personales.

¿Cuándo es legal solicitar una fotocopia del DNI?

La solicitud de una fotocopia del DNI es legal cuando existe un fundamento legal que lo justifique. Por ejemplo, las entidades financieras están obligadas por la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales a verificar la identidad de sus clientes, por lo que solicitan una fotocopia del DNI. Esta práctica también es común en trámites online, como en la plataforma de compra-venta Wallapop, donde los vendedores deben aportar una fotocopia del DNI para cumplir con la misma ley.

¿Qué datos deben recoger los establecimientos hoteleros?

Según la Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana, los establecimientos hoteleros deben registrar ciertos datos de sus huéspedes para comunicarlos a las fuerzas de seguridad. Estos incluyen el número y tipo de documento de identidad, nombre y apellidos, sexo, fecha de nacimiento, nacionalidad, entre otros. Sin embargo, la ley no obliga a los hoteles a solicitar una copia del DNI, y mucho menos a escanearlo o fotocopiarlo.

Infracciones y sanciones

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a establecimientos por realizar fotocopias de documentos identificativos, considerando que incluyen datos personales innecesarios para el registro, como la fotografía. En un caso reciente, un hotel fue multado con 30.000 euros por fotocopiar el pasaporte de un cliente.

Precauciones al enviar una fotocopia del DNI

En caso de necesidad, se recomienda enviar solo una cara del DNI (la que contiene los datos necesarios para verificar la identidad) y difuminar o pixelar la foto y la firma. Además, es aconsejable añadir una marca de agua que especifique el propósito de la copia. Si bien es legal solicitar una fotocopia del DNI en ciertos contextos donde una ley lo exige, en el caso de los hoteles y establecimientos de hospedaje, la práctica de fotocopiar o escanear el DNI de los huéspedes no está justificada legalmente y puede considerarse una infracción de la normativa de protección de datos. Por ello, es importante que tanto los negocios como los consumidores estén informados sobre sus derechos y obligaciones en lo que respecta al tratamiento de datos personales.

La solicitud de fotocopias del DNI por parte de establecimientos hoteleros ha sido motivo de debate en cuanto a su legalidad y relevancia en la protección de datos personales. A pesar de que la recopilación de datos es una práctica común, especialmente en el contexto de la seguridad ciudadana, es importante discernir entre lo que es legal y lo que no lo es en términos de privacidad y protección de datos personales.

En el marco de la legislación española, la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana establece que los establecimientos hoteleros deben registrar ciertos datos de sus huéspedes para su comunicación a las fuerzas de seguridad. Sin embargo, esta ley no obliga a los hoteles a solicitar una copia del DNI, y mucho menos a escanearlo o fotocopiarlo. Por lo tanto, la solicitud de una fotocopia del DNI por parte de los hoteles puede considerarse como una práctica no justificada legalmente, lo que conlleva implicancias legales y sanciones por parte de la Agencia Española de Protección de Datos.

La recopilación de este tipo de información personal, como la fotografía, a través de un escaneo o una fotocopia del DNI, puede ser considerada como una infracción a la normativa en materia de protección de datos personales. La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto sanciones a establecimientos por realizar fotocopias de documentos identificativos que incluyen datos personales innecesarios para el registro. Un ejemplo reciente es el caso de un hotel que fue multado con 30.000 euros por fotocopiar el pasaporte de un cliente, lo que pone de manifiesto la importancia de respetar y proteger la privacidad de los datos personales de los individuos.

Por lo tanto, es fundamental que tanto los establecimientos hoteleros como los consumidores estén informados sobre sus derechos y obligaciones en lo que respecta al tratamiento de datos personales. En aquellos casos en que sea necesaria la presentación del DNI, se recomienda que se solicite únicamente una cara del documento, aquella que contenga los datos necesarios para verificar la identidad, y que se difumine o se pixele la foto y la firma. También es aconsejable añadir una marca de agua que especifique el propósito de la copia, lo que aporta transparencia en el tratamiento de la información personal.

En definitiva, la solicitud de fotocopias del DNI por parte de los establecimientos hoteleros es una práctica que debe ser abordada con cautela. Si bien existen situaciones en las que es legal y justificada, como en el caso de obligaciones legales de verificación de identidad, es importante garantizar que se respeten los derechos de privacidad y protección de datos personales de los individuos. Conscientes de las implicaciones legales y sanciones en caso de infracción, los establecimientos hoteleros deben adoptar medidas adecuadas para el tratamiento de la información personal de sus huéspedes, y los consumidores deben estar informados y ser proactivos en la protección de su privacidad.

Otras Fuentes
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Noticias, twitter, facebook, redes sociales, notas de prensa, notas de ayuntamientos, diputación o junta o actualidad sobre Alcázar de San Juan (Ciudad Real) de diferentes fuentes en la red
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