La Agencia Tributaria (AEAT) ejerce un riguroso control sobre las transacciones monetarias de los ciudadanos españoles, con el propósito de prevenir el fraude fiscal y el blanqueo de capitales. Esta vigilancia se complementa con la colaboración obligatoria de las entidades bancarias, que tienen la obligación de informar sobre movimientos financieros que superen determinados límites.
Las sanciones que puede imponer Hacienda son severas, llegando a multar hasta 150.000 euros a aquellos contribuyentes que realicen ingresos o retiradas de efectivo sin justificar su origen. Aunque no está prohibido operar con efectivo en sí, hay ciertas cantidades que pueden hacer saltar las alarmas y activar investigaciones por parte del organismo tributario.
Las infracciones se clasifican en tres niveles según la gravedad de la falta y la cantidad en cuestión. En el caso de infracciones leves, donde la base de la sanción no supera los 3.000 euros y no hay indicios de ocultación, se puede imponer una multa de hasta el 50% del importe no justificado. En el caso de infracciones graves, donde la base supera los 3.000 euros y se observa ocultación de información, la multa oscila entre el 50% y el 100% del importe declarado. Finalmente, las infracciones muy graves, que implican métodos fraudulentos, pueden derivar en multas que van del 100% al 150% del importe no declarado.
Por ejemplo, si un contribuyente mueve 100.000 euros en efectivo sin justificar su origen, podría enfrentar una contundente sanción de hasta 150.000 euros si se considera que se trata de una infracción muy grave.
Dada la rigidez del control impuesto por la AEAT, es fundamental que los ciudadanos justifiquen adecuadamente el origen y destino de las cantidades significativas de dinero en efectivo que manejen, para evitar posibles penalizaciones y complicaciones legales derivadas de sus transacciones financieras.