Nuevamente, la Seguridad Social fue obligada por los jueces de Albacete a reconocer la incapacidad laboral absoluta a personas con fibromialgia y síndrome de fatiga crónica

El instituto Nacional de la Seguridad Social está empecinado en tomar decisiones que dificultan y hacen sufrir a las personas que padecen de fibromialgia y síndrome de fatiga crónica.

Son dos enfermedades que, en afectación severa, producen a las personas que las sufren (90% mujeres, 10% hombres), una incapacidad permanente para realizar cualquier tipo de trabajo y necesidades básicas de la vida diaria (desde vestirse hasta ducharse o preparar comidas). Necesitan ayuda constante de otras personas, habitualmente familiares, para llevarlas adelante. En muchos casos, también tienen dificultades enormes para caminar por sí solas con normalidad.

Así es su día a día, agravándose los síntomas cuando se ven afectadas por las llamadas “crisis”, que se producen de manera frecuente. En esas temporadas deben pasar sus días en la cama, en un sofá o en un sillón, ya que los aquejan dolores permanentes que aumentan en intensidad, y pierden fuerzas enormemente, llegando a un agotamiento extremo.

A su vez, la fibromialgia y el síndrome de fatiga crónica producen dificultades cognitivas, pérdida de memoria, “niebla” mental, alteraciones del sueño, depresión, ansiedad y desgraciadamente otros muchos síntomas.

La ciencia médica aún no conoce el origen de estas enfermedades y como consecuencia, tampoco hay un tratamiento específico. En la mayor parte de los casos, las personas afectadas arrastran el sufrimiento y un rosario de consultas médicas con diferentes especialistas, durante varios años, hasta que son diagnosticadas, para, al final, ser tratados los síntomas con analgésicos para el dolor (incluso morfina), antidepresivos, ansiolíticos, etc., con constantes cambios de medicación, para intentar acertar, siendo con frecuencia ineficaces para paliar la sintomatología que se padece.

Las personas con estas patologías, por prescripción médica, están obligadas a numerosas bajas laborales, que pueden ser de hasta un año y medio consecutivo.

Tanto si la persona enferma, después de muchos años padeciendo estas enfermedades, solicita la incapacidad permanente, como si es llamada, tras un año o año y medio de baja laboral continua, por el conocido “tribunal médico, en la mayoría de los casos, el Equipo de Valoración de Incapacidad (EVI), desestima la incapacidad laboral permanente, incluso cuando hay informes médicos de especialistas del propio sistema público de salud, en donde se especifica claramente el grado de afectación y la imposibilidad de realizar trabajo alguno.

Al mismo tiempo, estas personas pueden tener reconocido, por un Equipo Técnico de Valoración (E.T.V.) de la Consejería de Bienestar Social, un alto grado de discapacidad, con movilidad reducida y la necesidad de ayuda de tercera persona para actividades básicas de la vida diaria, con un Plan Individual de Atención, enmarcado en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Los Equipos de Valoración de la Incapacidad del INSS, parece como si tuvieran indicaciones de que no se reconozca la incapacidad permanente a estas personas, motivando su decisión, de manera generalizada, con la frase: “por no alcanzar, las lesiones que padece, un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral, para ser constitutivas de una incapacidad permanente…”.

Después de esta resolución se puede interponer una reclamación, ante la Dirección Provincial del INSS, previa a la vía jurisdiccional. Reclamación que también suele ser denegada, obligando así a las personas con fibromialgia y síndrome de fatiga crónica, afectadas de manera severa, a recurrir a los jueces para que sus derechos sean reconocidos.

Todo el proceso tuvieron que seguir recientemente dos miembros de la Asociación de Familiares y Enfermos de Fibromialgia y Síndrome de Fatiga Crónic de la Provincia de Albacete (AFIFCAB), hasta que en los juzgadores 1 y 3 de lo social de Albacete, después de más de un año y medio de espera, fueron declaradas, respectivamente, la Incapacidad Permanente Absoluta, derivada de enfermedad común, con todos los derechos legales y económicos inherentes a esta declaración. Esto obliga al INSS a pagar mensualmente a cada una de las personas afectadas, el importe de su correspondiente base reguladora y los atrasos ocasionados.

AFIFCAB considera imprescindible una investigación más exhaustiva para determinar el origen de estas enfermedades, mayor y mejor formación en ellas de los médicos de familia y especialistas que intervienen en su diagnóstico y tratamiento, así como la creación, en el Hospital General Universitario de Albacete, de una Unidad Multidisciplinar Especializada en Fibromialgia y Síndrome de Fatiga Crónica.

A la vez, se necesita una urgente modificación de los criterios que aplican los Equipos de Valoración de Incapacidades (IVI), a las personas enfermas de fibromialgia y síndrome de fatiga crónica, para no hacerles la vida aún más difícil y no tener que pasar por el “calvario” que los expone el INSS.

No se entiende porque, con los clarísimos informes médicos, de distintas especialidades, los Equipos de Valoración de Incapacidades (EVI) del INSS, emitan informes en los que se basa la Dirección Provincial del INSS para denegarle la incapacidad permanente a quienes padecen estas enfermedades de manera severa y sin embargo, los jueces si les reconozcan esta incapacidad y así lo declaren.

En estos casos, que se producen con reiteración y de forma muy frecuente, los/las Directores/as Provinciales del INSS y los las médicos que hacen los informes, ¿no estarán incurriendo en un presunto delito de prevaricación, al estar dictando a sabiendas una resolución injusta?

Es deseable que no se llegue a que exista una posible denuncia y su correspondiente condena judicial, de ninguna manera, a responsables del INSS y a ningún médico y que antes de llegar a esos extremos se hagan las valoraciones de incapacidad permanente, por parte de los Equipos de Valoración y las resoluciones de los responsables provinciales del INSS, de una manera justa.

AFIFCAB considera que no se le debe reconocer incapacidad laboral alguna a quienes no estén en la correspondiente situación de enfermedad y al mismo tiempo que sí se les sea reconocida por el INSS, sin necesidad de que se recurra a los tribunales de justicia, a las personas cuyos diagnósticos de Fibromialgia y Síndrome de Fatiga Crónica, en afectación severa, hayan sido determinados, por los especialistas adecuados, y después de todas las pruebas médicas necesarias.

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