Según vemos reflejado en el Boletín Oficial de la Provincia, se publica el extracto de la convocatoria para el Programa de ayudas para el alojamiento de jóvenes universitarios, durante el curso 2017/2018. El anuncio de estas ayudas ya fue adelantado por la corporación municipal hace unos días.
OBJETO.
La realización de estudios universitarios conlleva una serie considerable de gastos para las familias. A la matrícula, libros y materiales de estudio, vienen a unirse, en este caso, los de la alimentación lejos de casa, el transporte y, sobre todo, el alojamiento durante los meses del curso. Todos juntos, constituyen una cantidad total que, para muchas familias, resulta insuperable y, como consecuencia, no pocos jóvenes se ven en la necesidad de renunciar a sus pretensiones de estudiar la carrera con la que han soñado para conformar su futuro.
Las políticas restrictivas a las que se ha visto sometido nuestro País en los últimos años, han provocado una drástica reducción del número y cuantía de las becas para la realización de estudios universitarios, así como el endurecimiento de los criterios para su acceso.
Sensible con esta situación y teniendo como una de sus prioridades políticas, la igualdad de oportunidades entre nuestros jóvenes, el Ayuntamiento de Alcázar de San Juan, a través de la Concejalía de Juventud ha tomado la decisión de ayudar económicamente al sostenimiento de los gastos de alojamiento a los jóvenes de la localidad que cuenten con menores recursos económicos. Para ello, se puso en marcha en 2015, tras la toma de posesión de la actual Corporación, el Programa de Ayudas para el alojamiento de Jóvenes Universitarios.
Por todo ello, mediante la presente, se convoca el III Programa de Ayudas para el alojamiento de jóvenes universitarios, curso 2017/2018, con arreglo a las siguientes bases y que tiene como finalidad compensar las desigualdades y colaborar en la formación de los estudiantes alcazareños que realicen sus estudios universitarios durante el curso 2017-2018.
NÚMERO Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS.
El número de ayudas a conceder será de quince (15), con una cuantía de 150,00 euros/mensuales y una duración de nueve meses, de octubre 2017 a junio 2018, destinadas al pago del contrato de arrendamiento suscrito para el alojamiento del estudiante.
Por tanto, el importe de cada ayuda será de 1.350,00 euros.
BENEFICIARIOS Y REQUISITOS.
Podrán optar a las ayudas las personas que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar empadronados en Alcázar de San Juan, el estudiante y, al menos, unos de sus progenitores con una antigüedad mínima de dos años.
- Tener cumplidos 18 años de edad, a 31 de diciembre de 2017.
- Estar matriculado en cualquier curso universitario, en alguna de las Facultades de la Universidad de Castilla-La Mancha, en las ciudades de Albacete, Ciudad Real, Cuenca o Albacete.
- Estar matriculado con un mínimo de 50 créditos.
- Que la renta familiar correspondiente al ejercicio 2016, según el número de miembros, sea inferior a las siguientes cuantías:
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- No cumplir los requisitos de las becas del MEC.
- No percibir ninguna ayuda universitaria de cualquier tipo (se excluirán de esta convocatoria los beneficiarios a los que el Ministerio abone la matrícula universitaria).
No podrán solicitar ayuda en esta convocatoria, los estudiantes de Máster.
SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
La documentación a presentar para la solicitud de las ayudas será la siguiente:
- Solicitud en el modelo normalizado que se acompaña como anexo I.
- Fotocopia del D.N.I.
- Fotocopia de la matrícula de la Universidad de Castilla-La Mancha.
- Fotocopia del contrato de arrendamiento firmado y recibo del pago de la fianza.
- Fotocopia de la declaración de la renta 2016 de todos los miembros de la unidad familiar que perciban ingresos. En el caso de no estar obligado a presentar la declaración de la renta, se presentará certificado de imputaciones expedido por la Agencia Tributaria para cada uno de los miembros de la unidad familiar que perciban ingresos, así como una declaración responsable en la que se incluirán aquellos ingresos percibidos en el año 2016 que no aparezcan en el certificado de imputaciones.
- Declaración responsable, según anexo II, de cada uno de los miembros de la unidad familiar que obtengan ingresos en el año 2017, indicando los siguientes datos:
- Tipo de ingreso: Contrato de trabajo, pensión u
- En el caso de contrato de trabajo, se indicará: Indefinido o temporal (señalando en este último caso la fecha de vencimiento).
- En el caso de otros ingresos, se indicará el concepto.
- Retribución bruta mensual que percibe.
- Base de cotización a la Seguridad Social (en el caso de contratos de trabajo).
Junto con las fotocopias indicadas deberán aportarse los documentos originales para su compulsa.
Los documentos indicados en los apartados 3 y 4 podrán aportarse tras la publicación de la lista definitiva de ayudas concedidas, caso de que en el momento de la solicitud de la ayuda no se haya formalizado la matrícula y/o el contrato de arrendamiento, siendo el plazo máximo para presentarlos el 15 de octubre de 2017.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES.
Las solicitudes para la obtención de las ayudas objeto de esta convocatoria, junto con la documentación indicada en la base anterior, podrán presentarse desde el período comprendido entre el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real y el día 19 de septiembre de 2017.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan, dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, o en cualquiera de los registros y oficinas señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).
La presentación de la solicitud comporta la plena aceptación de las bases.
Asimismo, la presentación de la solicitud conlleva la autorización al Ayuntamiento de Alcázar de San Juan para obtener o contrastar los datos necesarios del solicitante y los miembros computables de la unidad familiar, con los organismos públicos, Universidad de Castilla-La Mancha, Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y/o cualquier otra administración, con el objetivo de resolver satisfactoriamente la convocatoria.
El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.