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Alcázar confinada por los brotes de COVID-19 de agosto de 2020

La Delegación Provincial de Sanidad de Ciudad Real decretó el 21 de agosto de 2020 un paquete de restricciones extraordinarias para Alcázar de San Juan, después de detectar un escenario de transmisión comunitaria del SARS-CoV-2 en el municipio. La resolución, firmada por el delegado provincial Francisco José García Sánchez, ordenó cerrar la piscina municipal, las discotecas, los bares de copas, los cines, los teatros, las bibliotecas, los museos y los parques, y suspendió mercadillos, eventos deportivos y actividades culturales durante 14 días, prorrogables a 28.

El detonante de las medidas fue el brote vinculado a un prostíbulo del municipio, cuya cadena de contactos resultaba difícil de rastrear, sumado al positivo de un trabajador de la propia piscina municipal. La administración regional optó por anticiparse a una segunda ola en la comarca y adoptar restricciones similares a las que ya se habían aplicado durante el confinamiento general de marzo de aquel año.

Datos epidemiológicos que motivaron la decisión

El Servicio de Vigilancia Epidemiológica de Castilla-La Mancha aportó cifras concretas para justificar las medidas. En la semana 32 (del 3 al 9 de agosto de 2020) se notificaron 26 casos de COVID-19 en Alcázar, con una tasa de incidencia semanal de 85 casos por cada 100.000 habitantes. En la semana 33 (del 10 al 16 de agosto) los casos subieron a 40, con una tasa de 130,82 por 100.000 habitantes. La incidencia acumulada a 14 días alcanzó los 215,86 casos por 100.000, muy por encima del umbral de alerta de 50 casos fijado por la Consejería.

Desde el inicio de la nueva estrategia de vigilancia, el 11 de mayo de 2020, el municipio acumulaba nueve brotes con 65 casos, cuatro hospitalizaciones y un fallecimiento. Seis de esos brotes se habían declarado en los ocho días anteriores a la resolución, lo que confirmaba la tendencia ascendente que la administración sanitaria utilizó como base legal de la intervención.

Las medidas decretadas para Alcázar

La resolución agrupó las restricciones en once apartados que afectaban prácticamente a toda la actividad social, deportiva y cultural del municipio. En hostelería se suprimió el servicio de barra, se redujo el aforo interior al 50 %, las terrazas al 75 % y se fijó el cierre obligatorio a la una de la madrugada. En el sector sociosanitario se suspendieron las visitas a residencias de mayores y viviendas tuteladas, se paralizaron los Centros de Día y se exigieron PCR a los trabajadores que regresaban de vacaciones.

  • Cierre de la piscina municipal y el resto de instalaciones recreativas públicas, además del límite del 25 % de aforo en las piscinas comunitarias.
  • Cierre cautelar de cines, teatros, auditorios, bibliotecas, museos, parques y jardines.
  • Suspensión de mercadillos, mercados al aire libre, espectáculos deportivos con público y festejos taurinos.
  • Aforo del 50 % en celebraciones religiosas, máximo de 10 personas en velatorios y de 25 en bodas y bautizos.
  • Prohibición de fumar en la vía pública cuando no se pudiera mantener una distancia mínima de dos metros, también en terrazas.
  • Hoteles limitados al 75 % de ocupación y al 50 % en las zonas comunes; supermercados y centros comerciales con aforo máximo del 50 %.

El Ayuntamiento de Alcázar de San Juan recibió el encargo de reforzar la inspección de establecimientos, repartir cartelería con las nuevas normas y aumentar la vigilancia para sancionar el consumo de alcohol en la calle. La Policía Local, la Guardia Civil y los enfermeros de Vigilancia Epidemiológica quedaron al frente del seguimiento de casos y contactos, con la obligación de retirar del puesto de trabajo a los contactos estrechos con PCR positiva.

Cobertura legal de la intervención

La Delegación Provincial se apoyó en la Ley Orgánica 3/1986 de medidas especiales en materia de salud pública, en el artículo 26.1 de la Ley General de Sanidad y en el artículo 32 de la Ley de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha. Estas tres normas habilitan a la autoridad sanitaria a suspender actividades, cerrar instalaciones e intervenir medios materiales cuando hay riesgo inminente para la salud pública. Por aplicación del artículo 8.6 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la resolución se trasladó al juzgado de guardia para su ratificación, requisito legal para las medidas que restringen derechos fundamentales.

El delegado provincial firmó el documento con efectos inmediatos desde su publicación, dado el carácter urgente que la propia resolución reconocía. La resolución íntegra está disponible en PDF con todos los apartados, incluida la información anexa enviada al juzgado y los teléfonos de contacto del Servicio de Salud Pública y de la Sección de Epidemiología provincial.

Cómo encajaron las medidas en la pandemia

Alcázar fue uno de los primeros municipios de Ciudad Real en sufrir restricciones específicas durante la segunda ola del verano de 2020. La resolución no llegó a calificarse formalmente como confinamiento perimetral, pero la prensa local y los propios alcazareños hablaron de ese término por la combinación de cierres y restricciones sociales. El Hospital Mancha Centro y la Gerencia de Atención Integrada de Alcázar de San Juan tuvieron que reorganizar su capacidad asistencial mientras se aplicaban las medidas, con un seguimiento diario de la evolución de los brotes.

Cinco años después la información del expediente sigue siendo útil para entender cómo se tomaron las decisiones sanitarias en plena pandemia y cómo encajaron en el día a día municipal. El Pleno del Ayuntamiento ha cambiado prioridades desde entonces, como muestran las decisiones recientes sobre legado cervantino, regulación del ruido e instalaciones deportivas, y el sistema sanitario de la provincia ha reforzado su capacidad con inversiones como los 134 millones para el transporte sanitario en Ciudad Real aprobados por la Junta.

Preguntas frecuentes

¿Quién firmó la resolución que restringió la actividad en Alcázar de San Juan?

La resolución la firmó Francisco José García Sánchez, delegado provincial de Sanidad de Ciudad Real, el 21 de agosto de 2020, en su condición de autoridad sanitaria autonómica.

¿Cuánto duraron las restricciones?

Las medidas se aprobaron por 14 días desde su publicación, con posibilidad de prórroga hasta 28 días en función de la evolución epidemiológica. La Delegación se reservaba la opción de añadir restricciones nuevas si los datos empeoraban.

¿Qué incidencia acumulada tenía Alcázar al firmarse el documento?

La incidencia acumulada a 14 días era de 215,86 casos por 100.000 habitantes, frente al umbral de alerta de 50 casos por 100.000 fijado por la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha.

¿Qué brotes desencadenaron las medidas?

El brote principal estaba vinculado a un prostíbulo del municipio, con dificultades para rastrear los contactos. A ese foco se sumó el positivo de un trabajador de la piscina municipal y otros brotes comunitarios declarados durante las dos semanas previas a la resolución.

¿Por qué la resolución se envió al juzgado de guardia?

El artículo 8.6 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa exige autorización judicial para las medidas sanitarias que limitan derechos fundamentales. Por eso el delegado remitió el texto al juzgado contencioso-administrativo de guardia, que debía ratificar las restricciones para garantizar la tutela judicial de las personas afectadas.

Otras Fuentes
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Noticias, twitter, facebook, redes sociales, notas de prensa, notas de ayuntamientos, diputación o junta o actualidad sobre Alcázar de San Juan (Ciudad Real) de diferentes fuentes en la red
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