18 enero, 2025
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Todos los Descansos Laborales que tu Empresa No Puede Negarse en 2025

El inicio de 2025 ha traído consigo cambios significativos en el entorno laboral, centrados en la defensa de los derechos de los trabajadores. Aunque la propuesta de reducir la jornada laboral a 37,5 horas semanales sigue esperando su aprobación, ya hay disposiciones en el Estatuto de los Trabajadores que garantizan ciertos descansos laborales, los cuales las empresas tienen la obligación de respetar.

El artículo 34 del Estatuto establece que debe transcurrir un mínimo de 12 horas entre el final de una jornada laboral y el comienzo de la siguiente. Este derecho es innegociable; si el tiempo de descanso es reducido, el empleado tiene la facultad de exigir comenzar su jornada más tarde para cumplir con este intervalo. Además, el artículo estipula que la duración de la jornada de trabajo efectivo no puede exceder las 9 horas diarias, excepto en los casos donde el convenio colectivo disponga lo contrario. Para los trabajadores menores de 18 años, el límite se establece en 8 horas, incluyendo el tiempo destinado a la formación.

Otro de los aspectos relevantes es el descanso semanal obligatorio, contemplado en el artículo 37, que asegura a los trabajadores un tiempo de descanso de, al menos, día y medio ininterrumpido. Este periodo de descanso generalmente incluye la tarde del sábado o la mañana del lunes, más el día completo del domingo. Sin embargo, las empresas pueden adaptar esta norma de acuerdo a su actividad, como se observa en sectores como el comercio o la restauración, siempre que se alcance un acuerdo previo.

Además, para jornadas continuadas que superen las 6 horas, el Estatuto exige un descanso mínimo de 15 minutos. Este tiempo se amplía a 30 minutos para trabajadores menores de 18 años si su jornada excede las 4 horas y media. Aunque estas pausas son breves, son fundamentales para asegurar la salud y el rendimiento de los empleados.

Los derechos establecidos son de obligatorio cumplimiento y las empresas no pueden negarse a otorgarlos bajo ninguna circunstancia. En situaciones de duda o de incumplimiento, se recomienda a los trabajadores que se dirijan al departamento de recursos humanos de su empresa o, en última instancia, que consulten con un asesor legal especializado en derecho laboral.

Este recordatorio de los derechos laborales adquiere especial relevancia en un contexto de reformas que buscan equilibrar de manera más efectiva la vida laboral y personal de los trabajadores. La observancia de estos derechos no solo beneficia a los empleados, sino que también favorece un entorno de trabajo más saludable y productivo.

vía: Diario de Castilla-La Mancha

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